TESTAMENTOS:
Es el acto jurídico, individual, libre y revocable por el que una persona regula su sucesión nombrando uno o más herederos.
Para todos los testamentos es necesaria CITA PREVIA por parte de algún OFICIAL, intentamos transferir o remitimos mail en caso de no contactar.
Deben presentar identificación vigente. Filiación completa que incluye fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres y si viven, estado civil, y en su caso, nombre del cónyuge, y nombres de los hijos o en su caso ascendientes. El precio aproximado es de 60€
EXCEPCIONES:
Para ver o abrir un testamento por fallecimientono hace falta cita previa, pueden acudir a la notaría y esperar a que esté el notario disponible para atenderles.
TESTAMENTOS ESPECIALES: Es necesario consultar previamente si la persona está bien física y/o psíquicamente, hay que enviar mail en estos casos a los oficiales para su valoración con todos los datos necesario de contacto y solicitud.
DESPLAZAMIENTO DE NOTARIO: Es posible que soliciten desplazamiento del notario igualmente remitimos solicitud a los oficiales, el precio aproximado en estos casos es de 100€ a 120€.
TESTAMENTOS DEFECTUOSOS: Llamar a Pepa o Gema con número de registro para que nos indiquen con qué oficial pasar la llamada.
HERENCIA
Es la transmisión por causa de muerte, sea a título universal (herencia propiamente dicha), o a título particular (o de legado), es decir, la transmisión de bienes y derechos por fallecimiento de una persona, entre el fallecido y otra persona (su heredero o legatario).
ACTAS DECLARACIÓN DE HEREDEROS / Precio aproximado de 250€
Los documentos básicos para aportar a la declaración de herederos son los siguientes:
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- DNI de la persona fallecida.
- Libro de familia.
ACTAS DECLARACIÓN DE HEREDEROS (ABINTESTATO = SIN TESTAMENTO) / Precio aproximado de 250€
Es heredero abintestato aquella persona o personas que, al no haber un heredero nombrado en testamento, lo es por establecerlo la ley. Para ser nombrado heredero abintestato es necesario formalizar un expediente de declaración ante notario.
Notario hábil para actuar: el del lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio en España
- D.N.I. del que promueve el acta que tiene que ser descendiente, ascendiente o cónyuge del difunto (basta con que sea una sola persona para el acta, aunque para la herencia tendrán que firmar todos los declarados herederos)
- Certificado de defunción certificado últimas Voluntades.
- Certificado literal de matrimonio del difunto si estaba casado
- Certificados literales de nacimiento de los hijos libro de familia
- D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio 2 testigos que conocieran al difunto
- Plazo: 6 meses desde fallecimiento
Incoado el acta, hay que esperar 20 días, transcurridos los cuales se puede hacer la aceptación de herencia.
SUCESION TESTAMENTARIA (ACEPTACION DE HEREDEROS)
- Plazo 6 meses desde fallecimiento
- Certificado de defunción y últimas voluntades
- Copia autorizada del testamento
- Datos de los herederos
- Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
- En Inmuebles el I.B.I.,
- En valores mobiliarios, cuentas corrientes, etc.: certificados y extractos bancarios
DECLARACION JURADA: Precio aproximado de 80€
RENUNCIA DE HERENCIA: Precio aproximado de 200€ (2 Otorgantes).
